El próximo jueves 1 de mayo de 2025 cae el Día del Trabajo y, como cada año, surgen dos grandes dudas: ¿se recorrerá para empatar fin de semana? ¿Cuánto me van a pagar si me toca chambear? Aquí tu columnista de InfoMiTijuana.MX te lo explica de forma clara, con pinceladas de humor para no dormirnos… y sin titubeos legales.
¿Habrá puente o no?
Según la Ley Federal del Trabajo, el 1 de mayo no se recorre: ese día es el único descanso obligatorio. Punto.
Sin embargo, hay una luz al final del túnel: el lunes 5 de mayo es día de asueto por la Batalla de Puebla. Con un poco de arte diplomático y el visto bueno de tu jefe, podrías tomarte libre el viernes 2 y disfrutar de un “mini puente” de cuatro días (jueves-viernes-sábado-domingo).
Ve practicando tu cara de “por favor, jefe” para cuando negocies ese viernes libre.
Pago triple: ¿cómo funciona?
Si tu empleo exige presencia el 1 de mayo, tu patrón está obligado a pagarte el triple de tu salario diario. Así se desglosa:
- Uno: tu jornal normal por la jornada.
- Dos: adicional doble por tratarse de un día de descanso obligatorio.
Ejemplo:
- Sueldo mensual: 10.000 pesos.
- Salario diario aproximado: 333.33 pesos.
- Pago por laborar el 1 de mayo: 999.99 pesos.
No está mal para un día “cualquier jueves”
Con esto en mente, ya sabes qué esperar el 1 de mayo: descanso oficial (sin truco de calendario) y, si te toca trabajar, un jugoso pago triple. ¡Feliz Día del Trabajo adelantado y que esos pesos extra te alegren el fin de semana!















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